Viajes y extranjería

Autorización de regreso: requisitos, cita y documentos

La autorización de regreso permite salir de España y volver por un puesto fronterizo español en determinados supuestos cuando la residencia, estancia o TIE está en renovación, prórroga o expedición.

Actualizado: 26 de julio de 2026Guía informativa

Quién puede solicitarla

  • Quien tenga una autorización de residencia o estancia en periodo de renovación o prórroga y haya iniciado el trámite dentro del plazo legal.
  • Quien tenga una TIE en vigor robada, perdida, destruida o inutilizada y acredite haber solicitado el duplicado.
  • En circunstancias excepcionales y por necesidad acreditada, quien tenga una autorización inicial favorable y la TIE en expedición.

No basta con tener un NIE o una cita de huellas. La oficina debe comprobar el supuesto concreto y la documentación que lo acredita.

Vigencia y forma de regreso

La vigencia no puede superar noventa días. Si se solicita antes de que caduque la autorización, el plazo se cuenta desde la caducidad; si se solicita después, desde la concesión. Durante su validez permite entradas y salidas sin limitación con el mismo documento.

Importante: la autorización de regreso solo es válida para entrar por puestos fronterizos habilitados españoles. Si el itinerario entra primero por otro país del espacio Schengen, confirma las condiciones antes de viajar.

Documentos habituales

  • Formulario EX-13, original y copia, cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo, cédula de inscripción o título de viaje en vigor.
  • Justificante de pago de la tasa 790 código 012.

Si la autorización está en renovación

  • Autorización de residencia o estancia.
  • Justificante de haber presentado la renovación o prórroga, salvo consulta de oficio cuando proceda.

Si la TIE fue robada o perdida

  • Denuncia o constancia ante Policía.
  • Comprobante de haber solicitado el duplicado de la tarjeta.

Si es una autorización inicial favorable

  • Resolución favorable.
  • Prueba de la necesidad del viaje y de las circunstancias excepcionales.

Cómo solicitarla

  1. Comprueba tu supuesto. Revisa que la renovación, duplicado o expedición esté iniciada.
  2. Prepara el EX-13. Cumplimenta los datos exactamente como figuran en el pasaporte.
  3. Paga la tasa correcta. Genera la 790-012 en la sede oficial de Policía.
  4. Pide cita si la oficina la exige. Elige autorización de regreso en la provincia de tu domicilio.
  5. Presenta personalmente o mediante representante legal. Lleva originales y copias.
  6. Revisa el documento entregado. Comprueba fechas, datos personales y condiciones antes de viajar.

Viajes urgentes

Cuando el viaje responda a una situación de necesidad, la tramitación puede tener carácter preferente. Aporta pruebas claras: billetes por sí solos no siempre acreditan la urgencia; pueden ser relevantes informes médicos, citaciones, certificados familiares u otros documentos relacionados con la causa.

No compres un itinerario no modificable hasta confirmar que podrás obtener el documento y que el regreso se realizará por una frontera española habilitada.

Errores frecuentes

  • Pedirla sin haber iniciado la renovación o el duplicado.
  • Confundir el resguardo de huellas con autorización para regresar.
  • Elegir un vuelo con primera entrada Schengen fuera de España.
  • Pagar un concepto equivocado de la tasa.
  • No acreditar la necesidad excepcional cuando se trata de una tarjeta inicial.
  • No revisar la fecha exacta de validez.

Fuentes oficiales

Comprueba siempre el trámite y la provincia antes de acudir: la denominación de la cita y la documentación complementaria pueden variar según el caso.

Aviso importante

Esta guía ofrece información general y no sustituye la resolución de tu expediente ni el asesoramiento jurídico individual. Si tu situación es urgente, compleja o afecta a un viaje próximo, confirma los requisitos con la oficina competente.

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