Viajes y extranjería
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Autorización de regreso: requisitos, cita y documentos
La autorización de regreso permite salir de España y volver por un puesto fronterizo español en determinados supuestos cuando la residencia, estancia o TIE está en renovación, prórroga o expedición.
Quién puede solicitarla
- Quien tenga una autorización de residencia o estancia en periodo de renovación o prórroga y haya iniciado el trámite dentro del plazo legal.
- Quien tenga una TIE en vigor robada, perdida, destruida o inutilizada y acredite haber solicitado el duplicado.
- En circunstancias excepcionales y por necesidad acreditada, quien tenga una autorización inicial favorable y la TIE en expedición.
No basta con tener un NIE o una cita de huellas. La oficina debe comprobar el supuesto concreto y la documentación que lo acredita.
Vigencia y forma de regreso
La vigencia no puede superar noventa días. Si se solicita antes de que caduque la autorización, el plazo se cuenta desde la caducidad; si se solicita después, desde la concesión. Durante su validez permite entradas y salidas sin limitación con el mismo documento.
Documentos habituales
- Formulario EX-13, original y copia, cumplimentado y firmado.
- Pasaporte completo, cédula de inscripción o título de viaje en vigor.
- Justificante de pago de la tasa 790 código 012.
Si la autorización está en renovación
- Autorización de residencia o estancia.
- Justificante de haber presentado la renovación o prórroga, salvo consulta de oficio cuando proceda.
Si la TIE fue robada o perdida
- Denuncia o constancia ante Policía.
- Comprobante de haber solicitado el duplicado de la tarjeta.
Si es una autorización inicial favorable
- Resolución favorable.
- Prueba de la necesidad del viaje y de las circunstancias excepcionales.
Cómo solicitarla
- Comprueba tu supuesto. Revisa que la renovación, duplicado o expedición esté iniciada.
- Prepara el EX-13. Cumplimenta los datos exactamente como figuran en el pasaporte.
- Paga la tasa correcta. Genera la 790-012 en la sede oficial de Policía.
- Pide cita si la oficina la exige. Elige autorización de regreso en la provincia de tu domicilio.
- Presenta personalmente o mediante representante legal. Lleva originales y copias.
- Revisa el documento entregado. Comprueba fechas, datos personales y condiciones antes de viajar.
Viajes urgentes
Cuando el viaje responda a una situación de necesidad, la tramitación puede tener carácter preferente. Aporta pruebas claras: billetes por sí solos no siempre acreditan la urgencia; pueden ser relevantes informes médicos, citaciones, certificados familiares u otros documentos relacionados con la causa.
No compres un itinerario no modificable hasta confirmar que podrás obtener el documento y que el regreso se realizará por una frontera española habilitada.
Errores frecuentes
- Pedirla sin haber iniciado la renovación o el duplicado.
- Confundir el resguardo de huellas con autorización para regresar.
- Elegir un vuelo con primera entrada Schengen fuera de España.
- Pagar un concepto equivocado de la tasa.
- No acreditar la necesidad excepcional cuando se trata de una tarjeta inicial.
- No revisar la fecha exacta de validez.
Fuentes oficiales
- Ministerio del Interior: autorización de regreso y documentación
- Ministerio de Inclusión: formulario oficial EX-13
- Policía Nacional: tasa 790 código 012
Comprueba siempre el trámite y la provincia antes de acudir: la denominación de la cita y la documentación complementaria pueden variar según el caso.
Aviso importante
Esta guía ofrece información general y no sustituye la resolución de tu expediente ni el asesoramiento jurídico individual. Si tu situación es urgente, compleja o afecta a un viaje próximo, confirma los requisitos con la oficina competente.